El pasado 10 de julio se establecieron algunos lineamientos para la conformación de Consejos Estudiantiles por el MinEduc 2017. Por tal motivo, se desarrolló un acuerdo ministerial emitido el mismo día. El mismo que podrá ser descargado al final de esta publicación. El objetivo principal de este acuerdo es promover los principios de autonomía, responsabilidad, y demás relacionados al pluralismo político.
- Comités de paralelo o curso, y
- Consejos Estudiantiles
Comités de paralelo o curso.
Entre sus funciones se encuentra: apoyar a los docentes de asignatura en la organización y gestión del salón de clase y participar en las elecciones del Consejo Estudiantil.
Está conformado por los representantes estudiantiles de cada paralelo o curso. La elección será participativa y democrática con la asesoría y dirección del docente tutor.
En el primer mes del año escolar tanto en el régimen Costa como Sierra, se elegirán a los representantes estudiantiles.
Consejos Estudiantiles.
Es el máximo órgano de representación estudiantil que garantiza el continuo ejercicio de la participación democrática de los estudiantes en decisiones institucionales.
El Consejo Estudiantil será renovado cada año escolar, en la segunda semana de noviembre en los establecimientos del régimen Sierra y en la segunda de julio en los de Costa.
Requisitos para la inscripción de las listas para Consejos Estudiantiles.
Para inscribir a los movimientos estudiantiles, el Tribunal Electoral Estudiantil, deberá solicitar como requisitos:
b) Después, es necesario presentar un plan de trabajo construido sobre la base de las necesidades institucionales;
c) La lista deberá contar con una identificación de número y color diferente al de las otras listas que participan en el certamen;
d) De igual forma, cada lista se identificará con un nombre, cuyo significado responderá a los fines de la lista, consensuada entre sus integrantes;
e) Cada lista deberá estar compuesta por candidatos principales y suplentes, respetando el principio de igualdad, interculturalidad y paridad de género, tal como lo establece la Constitución de la República.
f) Los candidatos a las dignidades de presidente, vicepresidente, secretario o tesorero serán estudiantes del Segundo o Tercer año de Bachillerato, considerando que exista representatividad entre jornadas educativas;
g) Los tres vocales principales y los tres suplentes serán elegidos de entre los presidentes de los comités de paralelo o curso. Un principal y un suplente por cada una de las secciones: básica media, básica superior y bachillerato.
h) Cada lista deberá nombrar un jefe de campaña.
Finalmente, para conocer más detalles sobre estos procesos le recomendamos descargar el Acuerdo Ministerial. No te olvides de suscribirte a nuestra página, y así te llegara la información a tu correo. Para hacerlo solo debes introducir tu correo en la parte derecha de este sitio web.
El Ministerio de Educación promueve conformación de Consejos Estudiantiles
autonomia
responsabilidad
significado de politica
definicion politica
Me parece muy bueno
Hola buenas tardes , soy de Perú y estudio en un Esfa, me gustaría recibir accesoria sobre la confirmación de este órgano indispensable dentro de mí institución que no está conformado.