¿Cómo Suspender el RUC por Internet?

Conoce como realizar la suspensión del RUC en línea. Cuando un contribuyente con Registro Único de Contribuyente (RUC) planea cesar sus actividades comerciales, tendrá la obligación de realizar la suspensión de su RUC, con el fin de ya no tener que realizar declaraciones mensuales o semestrales al Servicio de Rentas Internas (SRI), así como también prever cualquier tipo de multa o sanción de la entidad por suspensión tardía.

Si desea retomar su actividad comercial después de haber suspendido el RUC, no tendrá que realizar todo el proceso de solitud de RUC, sino que podrá reactivarlo utilizando Internet con su cuenta SRI.

¿Cómo suspender el RUC?

Primero, abrimos nuestro navegador de preferencia y buscamos “Servicio de Rentas Internas” o “SRI”.

Entramos a la página oficial del SRI, cuyo link está al final de esta publicación.

Una vez dentro buscamos y le damos clic al recuadro “SRI en línea” ubicado en la parte central superior de la página.

En la barra lateral izquierda buscamos lo siguiente, “RUC” seguido por “Suspensión de RUC” y por último “Inicio Suspensión”.

Seguidamente se nos mostrará una nueva ventana, y damos clic en “siguiente”.

Solo nos solicitará la fecha del cese de nuestra actividad y confirmamos.

Nos mostrará nuestra información personal con el fin de corroborar que todo este correcto, en caso de no estarlo modificaremos la información en los recuadros y confirmamos.

Nos preguntará el motivo de la suspensión, donde habrá cuatro opciones: cese de actividad, enfermedad o impedimento físico, fallecimiento, viaje.
Clic en «continuar», seguido de “suspensión del RUC”, luego “aceptar” y por ultimo “suspender”.

Finalmente, la suspensión se validará durante las próximas 72 horas.

¿Cómo verificar el estado de nuestro RUC?

Una vez entrado al apartado de “SRI en línea” con la cuenta abierta, nos dirigimos a “RUC” y “Consulta de RUC”.

Damos clic en consultar y se mostrará el estado del RUC.

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Fuente y Créditos:

https://www.sri.gob.ec/web/guest/home

https://srienlinea.sri.gob.ec/sri-en-linea/inicio/NAT

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